El Defensor del Pueblo dela Nación, Anselmo Sella, denunció que los aumentos tarifarios, que volverán en octubre, son "irracionales y excesivos" en la energía eléctrica e "inconstitucionales" en el gas.
Sella brindará una conferencia de prensa este jueves a las7:30 para informar a los usuarios que existen dos medidas cautelares de la Justicia que los habilita a no pagar algunos recargos de sus facturas, sin sufrir el corte del suministro.
En diálogo con Noticias Argentinas, Sella aseguró que losusuarios "no deben pagar" el "Cargo Gas", que el Gobierno incluyóen las facturas a través del decreto 2067, para el pago del combustible que se importa.
"Este recargo es inconstitucional porque significa un 50 porciento de la suba tarifaria en cada factura cuando sólo es unimpuesto. Entonces, ¿de cuánto es el impuesto en cada caso?",indicó Sella.
Asimismo, dijo que tampoco se deben abonar las nuevas tarifasfijadas por la resolución 1169 para los usuarios de energíaeléctrica que consumen por encima de los 1.000 kilovatios porbimestre, porque estas son "irracionales y exacerbadas".
No obstante, reconoció que "sin ninguna duda había unatraso importante" en las tarifas y agregó que eso no escuestionado por la Defensoría. "Pero creemos que las subas debían ser graduales y distribuidasy no repentinas, inmediatas y concentradas en un solo sector".
En esa línea, sostuvo que la Defensoría seguirá trabajando paraque la Casa Rosada acepte revisar la forma en que se financiará elnormal suministro de estos servicios esenciales para los hogaresdel país.
En el caso del gas, la Sala V de la Cámara Nacional deApelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal prohibió alas empresas distruibuidoras del servicio que corten el suministroa quienes no puedan pagar los recargos.
En este caso, por reclamo de la Defensoría, el 10 de septiembrela Justicia pidió a las licenciatarias -a través del Ente NacionalRegulador del Gas (ENARGAS)- que se abstengan de suspender,interrumpir o cortar el servicio público de gas.
En tanto, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo 9, acargo de la jueza subrogante Cecilia De Negre, hizo lugar en eneroa un recurso de amparo también presentado por la Defensoría yprohibió el corte del suministro de luz a los usuarios.
Por ello, Edenor, Edesur y Edelap no pueden cortar elsuministro de luz a aquellos usuarios que no puedan pagar lasfacturas con el incremento ordenado por el Gobierno, que penalizael consumo de más de 1.000 kilowatts por medidor.
"Ambos juicios dictaron medidas favorables para los usuarios.Al momento de abonar sus facturas, los usuarios tienen que pedir alas empresas que no les cobren el decreto 2067 y la resolución1169", señaló Sella.
En ese sentido, dijo que para sortear este escollo quedan dosposibilidades: que salgan sentencias definitivas que deroguen eltarifazo o que el Gobierno rediseñe la suba para las tarifas deestos servicios.
NA
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